TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
De acuerdo con la definición establecida en la Ley 1581 de 2012, el dato personal es cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables, como el nombre, la edad, el sexo, el estado civil, el domicilio, entre otros. Estos datos pueden almacenarse en cualquier soporte físico o electrónico y ser tratados de forma manual o automatizada.
La Ley 1581 de 2012 prohíbe el tratamiento de datos sensibles con excepción de los siguientes casos: (i) cuando el Titular otorga su consentimiento.
En calidad de titular de datos los cuales he usado en los formularios de Queridoabuelo.com (en adelante la empresa) Nit 901.168.055-5, autorizo a utilizar mis datos únicamente en las siguientes situaciones y bajo la Ley 1581 de 2012 y otras normativas vigente como Habeas Data:
• Cumplir con las obligaciones derivadas de la relación comercial, legal, y contractual
• Cumplir con la garantías descritas y servicio posventa de los productos adquiridos de ser necesario
• Comunicar información publicitaria, ofertas, precios, campañas de fidelización, encuestas de servicio.
• Consultar, contactar, y reportar datos a las centrales de riesgo.
• En caso de ser necesario suministrar información a algún proveedor a fin de dar cumplimiento a garantías o servicios, o dar claridad sobre el manejo de algunos productos adquirido.
Dando cumplimiento a la ley 1581 de 2012, se presume que la información entregada por el titular en veraz y no contiene información de menores de edad para realizar compras en Queridoabuelo.com, esta información no será compartida a otras empresas, no se facilitará para campañas que no tengan que ver con Queridoabuelo.com, ni nacional ni internacionalmente a fin de proteger la privacidad y relación comercial con Queridoabuelo.com.
La Ley 1581 de 2012 desarrolla el derecho constitucional a conocer, actualizar y rectificar la información recogida en bases de datos y los demás derechos, libertades y garantías a que se refieren los artículos 15 y 20 de la Constitución (derecho a la intimidad y derecho a la información, respectivamente).